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VALIDACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

LEE ESTO 👇 ANTES DE CONTINUAR, POR FAVOR

  • Documentos firmados electrónicamente sin servicios notariales, no contemplan revisión del contenido.
  • Documentos firmados electrónicamente con servicios notariales, sí contemplan revisión del contenido:
    • Documentos para Copia Certificada y Protocolización serán revisados previo a las realización de las firmas:
      • Serán rechazados:
        1. Idioma no sea español
        2. Actos o contratos que sean contrarios a derecho
        3. Escrituras públicas
        4. Documentos ilegibles
        5. Comparecientes indicados en el texto no coinciden con quienes firmarán el documento
        6. Si en el documento se mencionan coletillas como “autorización notarial”, “poder notarial”, “documento ante Notario”, autorizo las firmas”, “firmaron ante mí”, “documento firmado en presencia de Notario”, o alguna otra que pueda suponer que el documento es autorizado de manera presencial en Notaria.
        7. Documentos que al ser subidos a la plataforma contengan alguna firma o certificado electrónico previo, ya que esto corrompe las firmas posteriores que realizarán las partes.
        8. Documentos donde no se establezca la fecha exacta de comparecencia o sea una fecha futura. La fecha del documento debe ser del día en que se sube a la plataforma.

Sugerencias para un documento bien emitido:
  1. No es necesario dejar espacios ni líneas para firmas, ya que se agregará automáticamente en una página adicional al final del proceso.
  2. Sugerimos que todas las personas involucradas firmen electrónicamente con nuestro sistema, ya que de esa forma se evitan problemas legales debido a que recibirás un documento firmado válidamente por todos.
  3. Si una de las partes representa a una empresa o a un tercero, debe contemplar una cláusula donde se incluya la representación/personería, por ejemplo: “La personería de ___(Nombre Rep. legal)___, Cédula de Identidad N° ___(CI Rep. legal)___, para representar a ____(Razón social)____, Rol Único Tributario ___(Rut empresa)____, consta de la escritura __(tipo de escritura: pública o empresa en un día)___ otorgada por ___(notario XX o ministerio de economía)___ de fecha ___(fecha del documento)__”.
  4. Reembolsos (desde el 15 de enero del 2024): Podrás anular un pedido dependiendo de la etapa en la que se encuentre. El reembolso será por el total del pedido menos las firmas realizadas. Puedes ver más detalle en los Términos y condiciones
  5. Los servicios notariales habitualmente demoran un día hábil o menos, sin embargo, podrían demorar hasta 2 días hábiles en casos de alta demanda.